Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-18050

Extracto de la Orden de 15 de junio de 2020 por la que se convocan ayudas complementarias para estancias breves y traslados temporales, destinadas a beneficiarios del Subprograma de Formación del Profesorado Universitario

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 20 de junio de 2020, páginas 24382 a 24383 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Universidades
Referencia:
BOE-B-2020-18050

TEXTO

BDNS(Identif.):510740

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Las personas que se encuentren disfrutando de ayudas de FPU en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, que cumplan los requisitos que se especifican en la presente convocatoria para cada tipo de ayudas complementarias y que mantengan la condición de beneficiarios de FPU durante la actuación que financia la ayuda complementaria.

Segundo. Objeto:

Ayudas complementarias de movilidad para beneficiarios de ayudas FPU para estancias breves en centros extranjeros, y excepcionalmente españoles, y las de traslados temporales a centros extranjeros.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden CNU/692/2019, de 20 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 destinadas a personas físicas y organismos de investigación y de difusión de conocimientos (BOE de 25 de junio).

Cuarto. Ayudas que se conceden:

Una ayuda mensual para gastos de manutención por un máximo de 1.500 €, un máximo de 50 € por día de estancia y alojamiento, complementaria a la ayuda para contrato.

Una ayuda para gastos de viaje, un máximo de 600 €, cuando el lugar de destino sea un país de Europa; y un máximo de 1.200 €, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.

Una ayuda para seguro de asistencia y accidentes, contratado por el centro de adscripción, para los beneficiarios que se desplacen a países en los que no tenga validez la tarjeta sanitaria europea.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado hasta el 30 de septiembre de 2020 a las 14 horas (horario peninsular) ambos inclusive.

Sexto: Cumplimentación de las solicitudes:

Las solicitudes se cumplimentarán en los formularios que el Ministerio de Universidades hará accesible en la sede electrónica https://sede.educacion.gob.es. Junto a la solicitud se presentará:

a) Memoria justificativa que contenga información breve sobre el periodo de formación realizado y la previsión para la presentación de la tesis; objeto de la estancia y el plan de trabajo; información sobre la idoneidad del objeto de la estancia y del centro o grupo de investigación de destino en relación con la formación del solicitante; duración de la estancia; objeto de trabajo durante la estancia. La memoria justificativa deberá contar con el V.º B.º del director de tesis y su extensión máxima será de 1.000 palabras.

b) Acreditación documental de la aceptación del grupo o centro de investigación de destino, en el que se va a realizar la estancia o el traslado.

c) Autorización del centro de adscripción donde está realizando la tesis doctoral.

Madrid, 15 de junio de 2020.- El Ministro de Universidades (P.D. Orden CNU/450/2019 de 12 de abril y disposición transitoria cuarta RD.431/2020, de 3 de enero). Secretario General de Universidades, José Manuel Pingarrón Carrazón.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid